5.1. El mercado minorista de energía eléctrica
Esta obligación se concreta en el artículo 46, apartado m) de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y en el artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.